8/12/2020 – (VALENCIA PLAZA)
VALÈNCIA. El colectivo de técnicos superiores sanitarios de la Comunitat Valenciana sigue recurriendo normativa de la Conselleria de Sanidad al considerar intrusismo las regulaciones marcadas por el departamento de Ana Barceló. Este lunes, el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) recogía un recurso de colegio profesional a la orden por la que se regulan los criterios de calidad de los laboratorios clínicos en la Comunitat Valenciana.
Según señalan desde el colegio, la orden modifica un decreto y afecta directamente a sus profesionales Técnicos Superiores de Laboratorio Clínico y Biomédico, y a los Técnicos Superiores de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico al dar cabida a que las enfermeras puedan realizar tareas propias de sus profesionales.
En este sentido, el presidente del mismo, Juan Felipe Rodríguez, señala que la administración intenta modificar con un norma de rango inferior lo que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dicho sobre los aparatos ‘Point of care’ de laboratorio en el Centro Integrado de Villena, y es que deben ser manejados por estos profesionales basándose en el decreto del año 2000.
«Las modificaciones realizadas en la nueva orden de la Conselleria de Sanitat alteran notablemente las funciones exclusivas de nuestro colectivo profesional, invadiendo de esa manera las competencias estatales como la Orden Ministerial de 14 de Junio de 1984, el Estatuto del Personal sanitario no facultativo y la Ley de Ordenación de las Profesiones sanitarias», señalan desde la institución colegial. «Las funciones de cada colectivo profesional sanitario, ya están establecidas por normativa estatal».
Además, desde el colegio critican que no se les ha dado trámite de audiencia a pesar de que la orden incide sobre sus funciones. «Esta nueva Norma autonómica modifica negativamente hacia nuestros Profesionales, las labores técnico-asistenciales que realizamos, y que están avaladas por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana».
Según señalan, en la orden debería identificarse en la fase postanalítica el Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico como responsable de la validación técnica. Mientras, señalan que en el caso de las autopsias clínicas no nombran a los Técnicos Superiores de Anatomía Patológica y Citodiagnóstico ni figura que pueda realizar validación técnica.
También apuntan a que en el artículo 7.4, en lugar de figurar «administrativo» en el personal sanitario no facultativo, deberían señalarse ‘Técnico Superior en Documentación y administración sanitarias’. Por último, remarcan que la obtención de las muestras biológicas, -extracciones sanguíneas- que se hagan en el laboratorio aunque no fuera de él, deben ser efectuadas por los Técnicos Superiores de laboratorio Clínico y Biomédico.
«La Consellera ha realizado una norma, para tirar por el suelo la sentencia ganada en el TSJ, y así librar a la Directora Gerente de Elda-Villena de todas las responsabilidades penales que tiene», lamentan desde el colegio. Una cuestión que, según apuntan, permite colocar a la enfermería en aparatos ‘Points of care’ en todos los hospitales y permitir que hagan pruebas de laboratorio en planta y en los Centros de Salud y de Especialidades.