Publicada Orden por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y se ofertan las vacantes correspondiente

Publicada Orden por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo y se ofertan las vacantes correspondientes.

Los aspirantes relacionados en el Anexo I de la Orden, dispondrán de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a su publicación, para presentar la documentación requerida (del 3 al 22 de mayo de 2018)

La documentación se remitirá a la Dirección General de Profesionales de la Gerencia Regional de Salud

Pº de Zorrilla, 1 – 47007 VALLADOLID

Presentación documentación y petición plazas:

– Fecha inicio: 03/05/2018

– Fecha fin: 22/05/2018

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. Oposiciones y Concursos

CONSEJERÍA DE SANIDAD

ORDEN SAN/433/2018, de 16 de abril, por la que se aprueba la relación de aspirantes

que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario

fijo en plazas de la categoría de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico, por el

sistema de Promoción Interna, del Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las

vacantes correspondientes.

Públicación

ORDEN SAN/446/2018, de 17 de abril, por la que se aprueba la relación de aspirantes

que han superado el proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario

fijo en plazas de la categoría de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico del

Servicio de Salud de Castilla y León y se ofertan las vacantes correspondientes.

Publicación

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

8476

Orden ECD/1541/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.

El Real Decreto 771/2014, de 12 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas, actúa de conformidad con el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, que define en el artículo 9 la estructura de los títulos de formación profesional y de los cursos de especialización, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social e implanta el mencionado título de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que las Administraciones educativas desarrollarán el currículo de los títulos de formación profesional, a partir del currículo básico y en las condiciones establecidas en su artículo 6 bis.4. Los centros docentes desarrollarán y completarán, en su caso y según lo establecido por las Administraciones educativas, el currículo de las diferentes etapas y ciclos en uso de su autonomía tal como se recoge en el capítulo II del título V de la citada Ley Orgánica.

El Real Decreto 771/2014, de 12 de septiembre, en su Disposición derogatoria única, deroga el Real Decreto 551/1995, de 7 de abril, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico, establecido al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

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