NO PROSPERA EL RECURSO DEL CECOVA

El TSJCV confirma la exclusividad de los técnicos superiores en las técnicas de los laboratorios hematológicos

2/07/2021 – (Estefanía Pastor ValenciaPlaza)

VALÈNCIA. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado de nuevo la exclusividad de los técnicos superiores sanitarios para la realización de tareas técnicas en las unidades de Hematología -bancos de sangre- de los hospitales del sistema nacional de salud. Así se recoge en una sentencia que confirma la resolución del juzgado de lo contencioso administrativo número 8 de València.

El Colegio de Técnicos Superiores denunció ante la Conselleria de Sanidad personal que el personal de enfermería de la sección de Hematología del Hospital General Universitario de Elche realizaba funciones técnicas reservadas a los técnicos especialistas y al personal de enfermería habilitado, algo que no se cumplía en el servicio de dicho departamento. En concreto, señalaban pruebas como la determinación del grupo sanguíneo y RH, anticuerpos irregulares, las pruebas de coagulación o las pruebas cruzada.

Ahora, la resolución del tribunal superior del 30 de junio de 2021, rechaza todos los argumentos presentados por el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (Cecova) contra la sentencia favorable al colectivo profesional de Técnicos Superiores en Laboratorio Clinico y Biomédico.

En este contexto, el juez respaldaba que hay determinadas tareas que son propias de estos técnicos o de enfermeros que cuenten con la especialidad habilitadora de análisis clínicos. También aquellos profesionales de la enfermería que estén adscritos al servicio con anterioridad a la entrada de la orden de 14 de junio de 1984, que regula las competencias y funciones de los Técnicos Especialistas de Laboratorio, Radiodiagnóstico, Anatomía Patológica, Medicina Nuclear y Radioterapia. Sin embargo, desde el colegio de técnicos superiores aseguran que no se está cumpliendo. «

«El Hospital General Universitario de Elche debe proceder a la mayor brevedad a ordenar su plantilla orgánica de Banco de sangre, como ya indicó la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Conselleria de Sanidad de 2018», señalan desde el colegio. «Más de 3 años después de haber sido dictada, la gerencia ha hecho caso omiso a lo dictado desde sus Servicios centrales; permitiendo el presunto delito de intrusismo profesional de las Enfermeras componentes de esa sección de Hematología – Hemoterapia», insisten.

COMUNICADO OFICIAL

COMUNICADO OFICIAL

Colegio Profesional de Técnicos Superiores Sanitarios de la Comunidad

Valenciana Col·legi Professional de Tècnics Superiors Sanitaris de la Comunitat Valenciana

 

COMUNICADO OFICIAL:

LAS FUNCIONES TÉCNICAS DE LABORATORIO DE LOS BANCOS DE SANGRE (HEMATOLOGÍA) , SON EXCLUSIVAS DE LOS TÉCNICOS SUPERIORES DE LABORATORIO.

El Colegio Profesional de Técnicos Superiores Sanitarios de la Comunidad Valenciana desea exponer a la opinión pública, que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha vuelto a confirmar que las tareas técnicas que se llevan a cabo en las unidades de Hematología – Banco de Sangre, de los Hospitales del Sistema Nacional de Salud, y demás redes sanitarias del ambito público y privado, son propias de los TÉCNICOS SUPERIORES EN LABORATORIO CLÍNICO Y BIOMÉDICO.

En efecto, la Sentencia no 505/2021, de 30 de Junio de 2021, rechaza todos los argumentos presentados por CECOVA – Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana, contra la sentencia favorable a los razonamientos expuestos desde siempre por parte de nuestra Entidad Colegial, y que ya el Juzgado de lo contencioso administrativo no 8 de Valencia había estimado positivamente hacia el colectivo profesional de Técnicos Superiores en Laboratorio Clinico y Biomédico.

En su Fundamento de derecho séptimo, se señala claramente que la identificación de grupo sanguíneo ABO, de Rh, pruebas cruzadas, identificación de anticuerpos irregulares, todas ellas del ambito del Banco de sangre – Inmunohematología, así como las pruebas de coagulación y pruebas especiales, son exclusivas de los Técnicos Superiores en Laboratorio Clínico y Biomédico. Así como también se indica: “se constata que en un servicio de esta naturaleza en el que se desarrollan funciones de Inmunohematología (Banco de Sangre) y de Hemostasia (pruebas de coagulacion), la totalidad de funciones que se enmarcan en el denominado circuito transfusional no son solo propias del personal de enfermería, sino que, muy al contrario, en el mismo se desarrolla un gran volumen de funciones de contenido técnico”.

Por todo ello, el Hospital General Universitario de Elche, debe proceder a la mayor brevedad, a ordenar su plantilla orgánica de Banco de sangre, como ya indicó la Resolución de la Dirección General de RR.HH. de la Consellería de Sanitat de 17-1-2018. Ya que más de 3 años después de haber sido dictada, la Gerencia ha hecho caso omiso a lo dictado desde sus Servicios centrales; permitiendo el presunto delito de intrusismo profesional de las Enfermeras componentes de esa Sección de Hematología – Hemoterapia, y dejándolas “a los pies de los caballos”, ante la jurisdicción penal. Y siendo el Director Gerente de dicho departamento colaborador necesario en la comisión del presunto delito penal.

Por último, queremos expresar nuestra contrariedad ante la forma de actuar de la Honorable Sra Consellera de Sanitat para con nuestro colectivo profesional de Técnicos Superiores sanitarios, muy poco colaboradora, ya que desde los Servicios centrales de la Consellería no se aprecia voluntad alguna de querer poner fin a esta problemática. Ni tan siquiera se han dignado a contestar a la presentación de más de 2.500 firmas de Profesionales sanitarios del ámbito de los Servicios centrales de apoyo al diagnostico clínico y tratamiento, el 9 de Junio, en los que se pedía la resolución a los problemas de nuestras Profesiones sanitarias, en 5 bloques diferenciados.