El Colegio Profesional de Técnicos Superiores Sanitarios de la Comunidad Valenciana ha hecho pública la inadmisión por el Tribunal Supremo del recurso presentado por el Consejo de enfermería de la Comunidad Valenciana en relación con la sentencia que consideraba que las pruebas técnicas que se realizan en los bancos de sangre de los servicios de hematología son «exclusivas de los técnicos superiores de laboratorio clínico y biomédico y no de las enfermeras».

Conflicto

El conflicto se planteó por la situación en el Hospital General de Elche, que, según Juan Felipe Rodríguez Ballesta, presidente de la junta de gobierno del Colegio de Técnicos Superiores,«se negó» a ejecutar una resolución de la dirección general de Recursos Humanos para que los técnicos superiores de laboratorio se encargaran de la determinación del grupo sanguíneo, de los test de Coombs, de las pruebas cruzadas de compatibilidad, de la determinación de anticuerpos irregulares,…. «Las enfermeras -asegura el presidente- deben dedicarse a realizar las funciones propias de cuidados de enfermería, como transfusión sanguínea, administración de plaquetas, aféresis de lipoproteínas,… pero no las funciones de las técnicos superiores».

Cinco años de batalla legal

La batalla legal comenzó en 2018 a raíz de aquella resolución que, según el Colegio de Técnicos Superiores delimitaba bien a las claras las funciones, algo que no se asumió por el Hospital ilicitano. «Ahora debe proceder de manera inmediata a cumplir lo indicado por su propia Dirección General desde hace cinco años.

La dirección del Hospital ha estado negándose a cumplir lo indicado por su propia Conselleria de Sanidad, mostrando una actitud desobediente e intransigente hacia varias peticiones de cumplimiento de la legalidad vigente», reiteró el representante colegial.

En estos cinco años, la gerencia del General de Elche, según Juan Felipe Rodríguez, solo ha realizado dos modificaciones de puestos de trabajo en la unidad de Hemostasia-Coagulación, «y no han sido por reconversión de puestos de enfermeras, sino de técnicos en cuidados auxiliares de enfermería. La plantilla actual del banco de sangre del Hospital General de Elche es totalmente ilegal, en cuanto a la realización de los procedimientos hematológicos de banco de sangre se refiere, que corresponden a los técnicos superiores en laboratorio clínico y biomédico, de manera exclusiva», sentencia.

Ceñirse a la función de enfermería

Cuando en 2021 el TSJ dio la razón en este conflicto al colegio aseguraba que «el persona adscrito con categoría profesional de enfermero deberá ceñirse exclusivamente a la realización de las funciones propias de enfermería debiendo de abstenerse de realizar las funciones técnicas ni siquiera a través de una colaboración esporádica». Pero se recurrió ante el Supremo que ni lo ha admitido a trámite.

El Colegio se siente ahora respaldado para emprender acciones judiciales si la situación no cambia, «la actitud arrogante de la gerencia del General de Elche lo único que ha conseguido es sembrar en Hematología-Hemoterapia un ambiente frío y enrarecido entre profesionales sanitarios, lo cual no es lo más indicado para el buen hacer profesional y la calidad asistencial. De persistir tal actitud y con la firmeza judicial ya efectiva, nos veremos obligados a acudir a los tribunales por la realización clara de un ilícito penal».

 

AUTOR: M ALARCON